jueves, 10 de junio de 2010

Les festes laborals a Catalunya l'any 2011

a) Seran festes laborals a Catalunya durant l’any 2011 les segünts:
1 de gener (Cap d’Any).
6 de gener (Reis).
22 d’abril (Divendres Sant).
25 d’abril (dilluns de Pasqua Florida).
13 de juny (dilluns de Pasqua Granada).
24 de juny (Sant Joan).
15 d’agost (l’Assumpció.
12 d’octubre (Festa Nacional d’Espanya).
1 de novembre (Tots Sants).
6 de desembre (Dia de la Constitució.
8 de desembre (la Immaculada).
26 de desembre (Sant Esteve).

Article 2
A mé de les festes esmentades es fixaran, mitjançnt una ordre d’aquest Departament,
dues festes locals, retribuïes i no recuperables, a proposta dels Ajuntaments.

El borrador del Gobierno: penalizar la contratación temporal y abaratar el despido a 33 días

El documento de propuestas que el Gobierno presentó a patronal y sindicatos incluye endurecer las condiciones de los contratos temporales, modificar las causas de los despidos objetivos, amplíar el uso de los contratos de fomento del empleo indefinido (33 días de indemnización por año trabajado) y que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) cubra ocho días de indemnización del despido en algunos casos.

¿Cómo es el actual despido?

Un despido puede ser individual o colectivo.
Individual por causas objetivas, 20 días de indemnización por año trabajado. Motivado por ineptitud del trabajador, falta de adaptación, absentismo laboral y la necesidad acreditada de amortizar puestos de trabajo.
Procedente. Sin indemnización por causas probadas de despido, como desobedencia.
Improcedente. El despido no está justificado. La indemnización es de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.
Colectivo. Mediante un Expediente de Regulación de Empleo aprobado por el ministerio de Trabajo. Exige más de 10 despidos en una empresa de hasta 100 trabajadores, el 10% entre 100 y 300, más de 30 para compañías mayores.


Universalizar el despido en 33 días en vez de 45

El Gobierno propone fijar en 15 días el plazo de preaviso de los despidos objetivos para todo tipo de contratos fijos, y situar en 33 días la indemnización por despido de los contratos de fomento del empleo si el despido es declarado improcedente.
Además, el contrato de fomento se ampliaría a nuevos colectivos, de forma que podrá efectuarse con aquellos parados que lleven en el desempleo tres meses, frente a los seis meses actuales, y para los parados que en los últimos dos años sólo hayan tenido contratos temporales.
Esta ampliación en el uso del llamado contrato de 33 días estaría vigente hasta finales de 2012, momento en el que se revisará su éxito o fracaso.